Artículo primero. Apruébase el acuerdo número 31 de 24 de abril de 1961, dictado por el Consejo directivo de la corporación Autónoma Regional del Cauca (CVC); cuyo tenor es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 31 DE 1961 (ABRIL. 24) por el cual se reforma el Acuerdo número 4 de 8 de enero de 1958, reglamentario de la tasación, distribución y cobro del impuesto de valorización de las obras de desecación, defensa y recuperación de tierras de "Aguablanca" El Consejo directivo de la corporación Autónoma Regional del Cauca (CVC) En ejercicio de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que por Acuerdo número 4 de 8 de enero de 1958 este Consejo, haciendo uso de la atribución que le otorgaba el artículo 4º. Letra e) del Decreto legislativo número 3110 de 1954 y 41, letra I), del Decreto ejecutivo número 1829 de 1955, reglamento la tasación, distribución y cobro del impuesto de valorización de las obras de desecación, defensa y recuperación de tierras del "Proyecto de Aguablanca; Que el Gobierno Nacional aprobó el citado Acuerdo, por medio del Decreto ejecutivo número 0703 de 21 de abril de 1958; Que es necesario reformar el mencionado Acuerdo, en parte, para aclarar la doctrina del Consejo de Estado, contenida en providencia de 5 de octubre de 1959, y, en parte, para corregir el error que aparece en una de sus disposiciones, ACUERDA:
Artículo 4
Letra E) Del Decreto Legislativo Número 3110 De 1954 Y 41, Letra I), Del Decreto Ejecutivo Número 1829 De 1955, Reglamento La Tasación, Distribución Y Cobro Del Impuesto De Valorización De Las Obras De Desecación, Defensa Y Recuperación De Tierras Del "proyecto De Aguablanca; Que El Gobierno Nacional Aprobó El Citado Acuerdo, Por Medio Del Decreto Ejecutivo Número 0703 De 21 De Abril De 1958; Que Es Necesario Reformar El Mencionado Acuerdo, En Parte, Para Aclarar La Doctrina Del Consejo De Estado, Contenida En Providencia De 5 De Octubre De 1959, Y, En Parte, Para Corregir El Error Que Aparece En Una De Sus Disposiciones, Acuerda:
Decreto 2133 de 1961 · Por el cual se aprueba un acuerdo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, y se modifica el Decreto número 703 de 1958
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.