Micelio

Artículo 2

Decreto 227 de 1957 · Por el cual se cede un impuesto de valorización al Distrito Especial de Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Para la liquidación del gravamen a que se refiere el artículo anterior, el Distrito Especial de Bogotá tendrá en cuenta las limitaciones en la edificación que, por razones de seguridad, imponga a ciertas fincas el establecimiento del Aeropuerto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 227 de 1957