Las prestaciones en especie y los subsidios por la capacidad temporal serán cubiertos por el Seguro de enfermedad-maternidad, por cuenta del Seguro de Riesgos Profesionales y a reserva del reembolso correspondiente por parte de este último seguro. Es entendido que para estos efectos el Departamento Medico del Instituto o de la Caja respectiva calificará el accidente o la enfermedad, y solo una vez hecha tal calificación se podrá cargar a su cuenta el valor de las prestaciones a que se refiere el inciso primero. CAPITULO II Colizaciones.
Decreto 2623 de 1950 →Vigente
Artículo 36
Las Prestaciones En Especie Y Los Subsidios Por La Capacidad Temporal Serán Cubiertos Por El Seguro De Enfermedad-Maternidad, Por Cuenta Del Seguro De Riesgos Profesionales Y A Reserva Del Reembolso Correspondiente Por Parte De Este Último Seguro
Decreto 2623 de 1950 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Riesgos Profesionales (accidentes del trabajo y enfermedades profesionales).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.