Micelio

Artículo 11

En Los Negocios De Urbanización O Construcción, El Costo De Los Terrenos Que Formen Parte De Las Existencias, Con Relación A Los Cuales No Se Hubiere Adelantado Ninguna Obra, Ni Concedido La Respectiva Licencia De Construcción, Podrá Incrementarse Así: A) En Las Declaraciones De Renta Y Patrimonio De 1982 En Diez Por Ciento (10%) Anual Y Acumulativo Por Cada Año De Posesión O Proporcional Por Fracción De Año, A Partir De La Fecha De Adquisición Del Terreno; B) En Las Declaraciones De Renta Y Patrimonio Correspondientes A 1983 El Ajuste Será Del Diez Por Ciento (10%); Para Las Declaraciones De Renta Y Patrimonio Correspondientes A 1984 Y Siguientes, El Ajuste Será El Establecido En El Artículo 3° Del Decreto 3745 De 1982

Decreto 236 de 1983 · Por el cual se amplían unas amnistías y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los negocios de urbanización o construcción, el costo de los terrenos que formen parte de las existencias, con relación a los cuales no se hubiere adelantado ninguna obra, ni concedido la respectiva licencia de construcción, podrá incrementarse así

a)

En las declaraciones de renta y patrimonio de 1982 en diez por ciento (10%) anual y acumulativo por cada año de posesión o proporcional por fracción de año, a partir de la fecha de adquisición del terreno;

b)

En las declaraciones de renta y patrimonio correspondientes a 1983 el ajuste será del diez por ciento (10%); para las declaraciones de renta y patrimonio correspondientes a 1984 y siguientes, el ajuste será el establecido en el artículo 3° del Decreto 3745 de 1982. Cuando el contribuyente no hubiere hecho uso de este derecho en un año dado, no lo podrá acumular para años posteriores.

Parágrafo

Para hacer uso de los ajustes indicados en este artículo, se requerirá que el contribuyente haya poseído el terreno respectivo durante dos (2) años o más.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 236 de 1983