Micelio

Artículo 57

Objetivos

Decreto 2277 de 1979 · Por el cual se adoptan normas sobre el ejercicio de la profesión docente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivos. La capacitación docente cumplirá los siguientes objetivos

a)

Profesionalizar a los educadores sin título docente, que se encuentren en servicio;

b)

Actualizar a los educadores sobre los adelantos pedagógicos, científicos y tecnológicos;

c)

Actualizar a los educadores en las técnicas de administración, supervisión. planeamiento y legislación educativa;

d)

Especializara a los educadores dentro de su propia área de conocimientos;

e)

Proporcionar a los educadores oportunidades de mejoramiento profesional mediante los ascensos en el Escalafón.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2277 de 1979