°. PERMANENCIA EN LAS RESIDENCIAS PARA LA RECOLECCIÓN EN HOGARES. Es obligación de todas las personas, nacionales y extranjeras, domiciliadas o residentes en Colombia permanecer en sus viviendas durante las horas y en el día que el DANE solicite de conformidad con las fases del censo y los respectivos planes operativos de recolección de información.
El DANE con propósitos operativos ha dividido el territorio nacional en áreas operativas, que corresponden a grupos específicos de manzanas o viviendas, en donde de conformidad con las fases del censo y los respectivos planes operativos se recolectará la información del Censo Nacional de Población y de Vivienda.
El DANE notificará con anterioridad, la fecha y hora en la cual se realizará la visita en cada área operativa, para llevar a cabo el operativo censal.