Micelio

Artículo 25

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1139 de 2021 · Por el cual se modifica algunos artículos del Libro 2, Parte 4, Titulo 1, Capítulos 2, 3, 4, y 5 y un artículo del título 3, Capítulo 7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, en lo que hace referencia a los Programas de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 2.4.1.5.10 del Libro 2, Parte 4, Título 1, Capítulo 5 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario, Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así: “Artículo 2.4.1.5.10. Responsabilidades de la Unidad Nacional de Protección en la ruta de protección colectiva. La Unidad Nacional de Protección tendrá a su cargo las siguientes responsabilidades

1.

Recibir y tramitar las solicitudes de protección colectiva e información allegadas.

2.

Coordinar con las entidades competentes la implementación de las medidas preventivas a las que haya lugar.

3.

Presentar al CERREM Colectivo los resultados del análisis de la información conforme a la metodología participativa diseñada para este propósito.

4.

Adoptar e implementar las medidas de protección de su competencia, previa recomendación del CERREM Colectivo.

5.

Realizar la reevaluación del nivel de riesgo colectivo.

Parágrafo

En materia de protección colectiva, el Programa de Protección a cargo de la Unidad Nacional de Protección no podrá implementar medidas que correspondan a otras entidades nacionales y territoriales, sin perjuicio de la aplicación de los principios de subsidiariedad y concurrencia, respecto de aquellas medidas que son propias de esta entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1139 de 2021