º Dentro del Circulo de Registro de Montería, cuya jurisdicción comprende el Departamento de Córdoba, créanse las Oficinas Seccionales de Registro de Instrumentos Públicos con la circunscripción territorial y las cabeceras que se señalan a continuación: Cabecera. Circunscripción territorial. Ayapel. Montelíbano. Cereté. Los Córdobas. Chinú. San Andrés de Sotavento. Loríca. Chimá. Momil. Purísima. San Antero. San Bernardo del Viento. Puerto Escondido Sahagún. Planeta Rica. Pueblo Nuevo.
Decreto 2446 de 1972 →Vigente
Artículo 1
Dentro Del Circulo De Registro De Montería, Cuya Jurisdicción Comprende El Departamento De Córdoba, Créanse Las Oficinas Seccionales De Registro De Instrumentos Públicos Con La Circunscripción Territorial Y Las Cabeceras Que Se Señalan A Continuación: Cabecera
Decreto 2446 de 1972 · Por el cual se crean Oficinas Seccionales de Registro en el Círculo de Montería con jurisdicción en el Departamento de Córdoba y se modifica la circunscripción territorial de las ya creadas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.