Micelio

Artículo 2

A Partir Del 1° De Abril De 2012, El Sobresueldo De Que Tratan Los Artículos 8° Y 9° Del Decreto 867 De 2012, El Primero Modificado Por El Artículo 1° Del Presente Decreto, Que Remunera El Volumen De Operación De Control De Tráfico Aéreo, Cubre Y Remplaza En Su Totalidad Los Recargos Que Durante Una Jornada De Trabajo Promedio De Ciento Cincuenta Y Seis (156) Horas Mensuales, Distribuidas En Turnos De Seis (6) Horas Diarias Durante Seis (6) Días A La Semana, Pudieran Causarse Por Concepto De Atención Del Servicio En Jornadas Ordinarias Nocturnas Y Mixtas

Decreto 1379 de 2012 · por el cual se modifica el Decreto 867 de 2012

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del 1° de abril de 2012, el sobresueldo de que tratan los artículos 8° y 9° del Decreto 867 de 2012, el primero modificado por el artículo 1° del presente decreto, que remunera el volumen de operación de control de tráfico aéreo, cubre y remplaza en su totalidad los recargos que durante una jornada de trabajo promedio de ciento cincuenta y seis (156) horas mensuales, distribuidas en turnos de seis (6) horas diarias durante seis (6) días a la semana, pudieran causarse por concepto de atención del servicio en jornadas ordinarias nocturnas y mixtas. Los dominicales y festivos serán remunerados de conformidad con las normas vigentes. Este sobresueldo será factor salarial con los mismos efectos que los literales e) y f) del artículo 1° del Decreto 1158 de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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