Funciones del Comité Directivo. Serán funciones del Comité Directivo, las siguientes:
Definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y criterios para el funcionamiento del Sistema Nacional de Coordinación y Seguimiento para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
Estudiar los informes de evaluación general del Sistema Nacional para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
Proponer cambios de política en relación con los objetivos y funcionamiento del sistema con base en los informes de evaluación general.
Validar las reglas de funcionamiento y las metas que se definan en el marco del Sistema Nacional para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
Discutir y aprobar las propuestas en materia de política pública, estrategias, planes, programas o proyectos provenientes de agentes o instancias Sistema Nacional para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
Hacer acompañamiento a las iniciativas normativas relevantes propuestas por las diferentes entidades en el marco del Sistema Nacional para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.
(Decreto 1894 de 2013, artículo 9°)