° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de octubre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO. El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Fernando Jaramillo Correa.
Decreto 2457 de 1991 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 2457 de 1991 · por el cual se aplaza la vigencia del decreto 1301 el 21 de mayo de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.