Artículo cuarenta y siete. Publicidad. Las autoridades competentes, simultáneamente a la imposición de las sanciones a que se retire este Decreto, podrán dar publicidad a las mismas con base en el artículo 573 de la Ley 9 a de 1979.
Decreto 614 de 1984 →Vigente
Artículo 573
De La Ley 9 A De 1979
Decreto 614 de 1984 · Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.