º Durante el período de sesiones extraordinarias, a que se refiere el artículo anterior, el Congreso se ocupará de los siguientes proyectos de ley
Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias para modificar la nomenclatura, escala de remuneración y el régimen de comisiones, viáticos y gastos de representación de los empleados del sector público.
Por la cual se dictan normas sobre catastro e impuestos sobre la propiedad raíz, se dictan otras disposiciones de carácter tributario y se conceden unas facultades extraordinarias.
Por la cual se determina el régimen de inversión y manejo de las reservas del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones sobre entidades financieras.
Por la cual se modifica la Ley 9º de 1989 y se dictan otras disposiciones.
Ascensos militares.
Por la cual se crean unas dependencias y unos cargos en la Planta de Personal del honorable Senado de la República y de la honorable Cámara de Representantes.
Por la cual se reforman las escuelas normales, se adopta un sistema especial de formación de maestros y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se modifican y adicionan las Leyes 6º de 1945, 48 de 1962, 33 de 1985 y 19 de 1987, y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se autoriza y complementa el régimen de asignaciones de retiro, pensiones por muerte, invalidez y vejez del personal de las Fuerzas Armadas.
Por la cual se autoriza la reglamentación, estructuración y funcionamiento del Fondo Rotatorio de Prevención, Represión y Rehabilitación del Consejo Nacional de Estupefacientes.
Por la cual se introducen modificaciones a los Decretos 960 y 2163 de 1970.
Por la cual se ordena el préstamo gratuito a la comunidad de instalaciones deportivas de propiedad privada y oficial.