º En des arrollo de su objetivo Social, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior --Icetex--, podrá reali zar además de las consagradas en el Decreto-ley 3155, de 1968, las siguientes funciones
Captar fondos provenientes del ahorro privado y reconocer intereses sobe los mismos;
Emitir, colocar y mantener en circulación Títulos de Ahorro Educativo T.A.E.;
Celebrar operaciones de crédito interno;
Celebrar operaciones de crédito externo, previo el cumplimiento de las disposiciones que regulan el endeudamiento externo por parte de las entidades de derecho público;
Conocer créditos a los establecimientos de educación superior para la financiación de sus proyectos de desarrollo, con plazos entre uno (1)y cinco (5) años;
Otorgar crédito educativo, hasta por el porcentaje de las captaciones autorizadas por la Ley 18 de 1988, y de acuerdo con las funciones señaladas en el Decreto-ley 3155 de 1968;
Constituir un Fondo de Garantías, con el fin de garantizar las obligaciones con terceros;
Administrar directamente los fondos provenientes del ahorro interno o celebrar los contratos de fideicomiso, garantía, agencia o pago a que hubiere lugar. CAPITULO SEGUNDO. Títulos de Ahorro Educativo, T.A.E.