º Modificar el artículo 1º del Decreto número 1938 del 20 de septiembre de 1988, el cual quedará así: Artículo 1 º Modificar el artículo 10 del Decreto 1156 de junio 14 de 1988, el cual quedará así: Artículo 10. obligatoriedad del registro: ninguna sala de exhibición cinematográfica podrá funcionar sin el previo y correspondiente registro de ella y del exhibidor responsable, en el Ministerio de Comunicaciones. Las salas de exhibición cinematográfica y los exhibidores respectivos procederán a cumplir con este requisito, conforme a las normas de este Decreto, dentro de los ochenta y cinco (85) días siguientes a su promulgación.
Decreto 2075 de 1988 →Vigente
Artículo 1
º Modificar El Artículo 1º Del Decreto Número 1938 Del 20 De Septiembre De 1988, El Cual Quedará Así: Artículo 1 º Modificar El Artículo 10 Del Decreto 1156 De Junio 14 De 1988, El Cual Quedará Así: Artículo 10
Decreto 2075 de 1988 · Por el cual se modifica el articulo 1 del Decreto 1938 del 20 de septiembre de 1988.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.