º. Terminación de la existencia de la Entidad. Vencido el plazo señalado para la liquidación, quedará terminada la existencia jurídica de la Corporación Nacional de Turismo de Colombia en liquidación, para todos los efectos. CAPITULO ll Disposiciones laborales
Decreto 1671 de 1997 →Vigente
Artículo 7
º
Decreto 1671 de 1997 · por el cual se suprime la Corporación Nacional de Turismo de Colombia y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.