Micelio

Artículo 51

Cuando Se Trate De Aportes Para Programas, Que Deba Ejecutar Un Departamento, El Distrito Especial, Intendencia, Comisaría O Municipio Se Enviará A La División Delegada De Presupuesto Del Ministerio O Departamento Administrativo, Correspondiente, Copia De La Ordenanza De La Asamblea, Del Acuerdo Del Concejo O En Su Defecto Del Decreto Del Gobernador, Alcalde Mayor, Intendente Comisario O Alcalde Municipal Eh Que Se Incluya El Aporte En El Presupuesto De Ingresos Y De Gastos De La Entidad Territorial, Además De La Fianza Respectiva Del Tesorero Debidamente Aprobada

Decreto 2764 de 1978 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se trate de aportes para programas, que deba ejecutar un Departamento, el Distrito Especial, Intendencia, Comisaría o Municipio se enviará a la División Delegada de Presupuesto del Ministerio o Departamento Administrativo, correspondiente, copia de la ordenanza de la Asamblea, del Acuerdo del Concejo o en su defecto del Decreto del Gobernador, Alcalde Mayor, Intendente Comisario o Alcalde Municipal eh que se incluya el aporte en el Presupuesto de Ingresos y de Gastos de la entidad territorial, además de la fianza respectiva del Tesorero debidamente aprobada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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