° De la certificación de la experiencia. Los documentos que se presenten para acreditar la experiencia deberán ser otorgados por la autoridad competente de las respectivas entidades oficiales o privadas. En los casos en que el interesado haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente, dicha experiencia se acreditará mediante dos declaraciones de terceros extrajuicio o certificación con firma autenticada de quien la expide. Los documentos que se emitan para comprobar la experiencia, deberán como mínimo, contener los siguientes datos
Nombre o razón social de la entidad;
Fechas durante las cuales el interesado estuvo vinculado a ella, y
Relación de los cargos desempeñados y funciones de cada uno de ellos. Cuando los documentos de experiencia sean expedidos indicando jornadas de trabajo inferiores al día laboral, su validez en tiempo se establecerá sumando las horas trabajadas y dividiendo el resultados por ocho (8).