Micelio

Artículo 4

Ley 72 de 1922 · Orgánica del Servicio Diplomático y Consular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La provisión de todos los puestos en el ramo Diplomático y Consular, se hará en individuos de reconocida idoneidad, a cuyo efecto el Gobierno establecerá, al reglamentar esta Ley, las normas a que deban sujetarse los nombrados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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