º. Las sociedades colectivas, en comandita simple, de responsabilidad limitada y ordinarias de minas, están sometidas únicamente al impuesto básico sobre la renta, con las tarifas especiales que posteriormente se indican, sin perjuicio de que los socios de tales compañías, como personas distintas de la sociedad, paguen el impuesto que les corresponda sobre sus participaciones de utilidades y sobre sus aportes sociales, los cuales se determinan en la forma establecida en esta ley.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.