Micelio

Artículo 4

Ley 105 de 1960 · Por la cual se dictan normas sobre la Intendencia de la Guajira y se adoptan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las normas legales sobre régimen administrativo y fiscal que regulan los Departamentos y sus Municipios, regirán en cuanto sean constitucionalmente aplicables a la Intendencia Nacional de la Guajira y a los Municipios de que trata esta Ley, sin perjuicio de las participaciones o auxilios concedidos por disposiciones legales o administrativas anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 105 de 1960