Micelio

Artículo 5

Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La jurisdicción militar se ejerce exclusivamente por las entidades y funcionarios que a continuación se expresan:

1° Corte Suprema de Justicia.

2° Tribunales Superiores Militares.

3° Tribunales Militares de primera instancia.4° Jueces Militares.

4° Comandante Superior de las Fuerzas Militares o Jefe del Estado Mayor General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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