Micelio

Artículo 29

Ley 17 de 1970 · Por la cual se dictan normas sobre las Comisiones del Congreso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

(transitorio). Durante la vigencia del presente período constitucional 1970-1974 se conservará la actual composición de las ocho (8) Comisiones Constitucionales Permanentes de ambas Cámaras.

Parágrafo

Durante el mismo período 1970-1974, se podrá pertenecer simultáneamente a la Comisión del Plan y a otra de las Comisiones Constitucionales Permanentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 17 de 1970