Micelio

Artículo 2.2.11.3.2.7

Seguimiento A Planes

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Seguimiento a Planes. El comité de seguimiento estará conformado por un delegado de cada comité de articulación regional, los cuales deberán reportar al Departamento Nacional de Planeación los avances en los planes de trabajo regional de manera trimestral.

Parágrafo

Para la labor de seguimiento a los planes de trabajo regionales y nacional, el Departamento Nacional de Planeación diseñará lineamientos técnicos y metodológicos e implementará un instrumento o herramienta de monitoreo al avance de la implementación cualitativa y cuantitativa. Esta herramienta será de consulta pública y sus resultados serán divulgados mediante los canales y medios de comunicación institucionales garantizando el acceso a la información.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1082 de 2015