Micelio

Artículo 52

Son Atribuciones De La Sección De Vigilancia Consular: A) Verificar El Cumplimiento, Por Parte De Los Consulados Extranjeros, De Los Acuerdos Y Convenios Celebrados Por Colombia Con Los Respectivos Países Sobre Los Términos Y Extensión De Sus Funciones; B) Vigilar La Estricta Proporción Que Eventualmente Se Acuerde Con El País Acreditante Sobre El Número Y Categoría De Los Funcionarios De Las Oficinas Consulares, Y C) Tramitar Lo Relativo A La Solicitud Y Al Otorgamiento De Exequatur Para Los Cónsules Extranjeros

Decreto 2017 de 1968 · Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son atribuciones de la Sección de Vigilancia Consular: a) verificar el cumplimiento, por parte de los Consulados extranjeros, de los acuerdos y Convenios celebrados por Colombia con los respectivos países sobre los términos y extensión de sus funciones; b) vigilar la estricta proporción que eventualmente se acuerde con el país acreditante sobre el número y categoría de los funcionarios de las oficinas consulares, y c) tramitar lo relativo a la solicitud y al otorgamiento de exequatur para los Cónsules extranjeros. División de Relaciones Culturales y Divulgación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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