Micelio

Artículo 2

Ley 2057 de 2020 · por la cual se declara al Yipao y a la cultura yipera como patrimonio cultural integrante del paisaje cultural cafetero y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inserción del Yipao en la Política para la Protección del Patrimonio Cultural Mueble de la Nación. Con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, el Gobierno nacional en la formulación de las Políticas orientadas a Proteger el Patrimonio Cultural Mueble de la Nación, implementará las acciones necesarias para asegurar la protección y conservación del Yipao y de la Cultura Yipera, como partes integrantes del Paisaje Cultural Cafetero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2057 de 2020