Las Administraciones De Hacienda Nacional Se Abstendrán De Estampillar Los Contratos De Arrendamiento O Certificar Sobre Ellos El Pago Del Correspondiente Impuesto De Timbre, Cuando Dichos Contratos No Lleven La Constancia De Haber Sido Registrados En Las Respectivas Juntas De Control De Artículos De Primera Necesidad O En Las Oficinas Que Éstas Les Atribuyan La Función De Hacer Tales Registros
Decreto 888 de 1946 · Por el cual se regulan los alquileres de inmuebles urbanos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las Administraciones de Hacienda Nacional se abstendrán de estampillar los contratos de arrendamiento o certificar sobre ellos el pago del correspondiente impuesto de timbre, cuando dichos contratos no lleven la constancia de haber sido registrados en las respectivas Juntas de Control de Artículos de Primera Necesidad o en las oficinas que éstas les atribuyan la función de hacer tales registros.
Parágrafo
Las Juntas dispondrán la forma como deban hacerse los registros que establece este articulo y reglamentarán los sistemas de control para que éstos se hagan debidamente.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.