Micelio

Artículo 1

Ley 89 de 1968 · Por la cual la Nación cede a la ciudad de Tunja un lote de terreno con destino al Estadio Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cédese al Municipio de Tunja el lote de terreno número 7839 de propiedad de la Nación, ubicado en el área urbana de esa ciudad, alinderado así: por el Norte con la calle 32; por el Oriente, con propiedades de Jaime Gabriel Salgado (sucesión), por el Sur con propiedades del Departamento de Boyacá, y por el Occidente con los Ferrocarriles Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 89 de 1968