El Proveedor general gozará de la asignación mensual de trescientos pesos, que le serán cubiertos por la Pagaduría Central, mediante orden de pago girada por el Ministerio de Guerra, para cuya adquisición presentará por duplicado una cuenta de cobro que llevará el " Visto Bueno " del Subsecretario del Ministerio.
Decreto 153 de 1898 →Vigente
Artículo 148
El Proveedor General Gozará De La Asignación Mensual De Trescientos Pesos, Que Le Serán Cubiertos Por La Pagaduría Central, Mediante Orden De Pago Girada Por El Ministerio De Guerra, Para Cuya Adquisición Presentará Por Duplicado Una Cuenta De Cobro Que Llevará El " Visto Bueno " Del Subsecretario Del Ministerio
Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.