Micelio

Artículo 2

No Tendrán Derecho Al Subsidio De Alimentación Los Funcionarios Que Devenguen Una Asignación Básica Mensual Superior A Cincuenta Y Cuatro Mil Novecientos Pesos ($ 54

Decreto 64 de 1986 · por el cual se fija el valor del Subsidio de Alimentación como remuneración en especie para los empleados de CAPRECOM.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º No tendrán derecho al Subsidio de Alimentación los funcionarios que devenguen una asignación básica mensual superior a cincuenta y cuatro mil novecientos pesos ($ 54.900.00) moneda corriente, ni los que se encuentren disfrutando de vacaciones o en uso de licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 64 de 1986