Micelio

Artículo 8

El Crecimiento Y La Construcción De Edificios Sólo Pueden Considerarse Como Elementos Complementarios De Una Explotación Económica Cuando Tengan Por Objeto Facilitar Determinada Manera De Aprovechar Una Fincar Rural O Coexistan Con Otros Hechos Positivos, Pero No Cuando Se Limiten A Separar Un Terreno De Otros Predios O A Permitir Una Ocupación Encaminada A Excluir A Terceros De La Explotación Del Terreno, No Realizada Por Cuenta Del Propietario

Decreto 59 de 1938 · Por el cual se reglamenta la Ley 200 de 1936, sobre régimen de tierras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El crecimiento y la construcción de edificios sólo pueden considerarse como elementos complementarios de una explotación económica cuando tengan por objeto facilitar determinada manera de aprovechar una fincar rural o coexistan con otros hechos positivos, pero no cuando se limiten a separar un terreno de otros predios o a permitir una ocupación encaminada a excluir a terceros de la explotación del terreno, no realizada por cuenta del propietario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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