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Artículo 5

º Sin Perjuicio De Las Medidas Que Tome El Icfes Durante La Suspensión De Funciones, Adelantará Las Investigaciones Disciplinarias Institucionales, Si A Ello Hubiere Lugar, Para Determinar Responsabilidades

Decreto 1227 de 1989 · Por el cual se dictan normas sobre la facultad de inspección y vigilancia en las instituciones de educación superior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Sin perjuicio de las medidas que tome el Icfes durante la suspensión de funciones, adelantará las investigaciones disciplinarias institucionales, si a ello hubiere lugar, para determinar responsabilidades.

Parágrafo

Los miembros de los Consejos Superiores y Directivos, y los representantes legales y rectores que violen o permitan que se violen las disposiciones legales, serán personalmente responsables por los perjuicios que se causen a las instituciones, a los estudiantes y a terceros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1227 de 1989