Artículo primero. A partir del primero (1°) de febrero, del presente año, suprímense las siguientes becas nacionales: Mensual Total Febrero a novimbre 30 en el Colegio de Nuestra Señora del Rosario de Funza, a $ 25.00 cada una 750.00 7.500.00 8 becas en el Colegio Agustiniano de San Nicolás de Bogotá, a $ 30.00 cada una 240.00 2.400.00 2 becas en el Colegio de La Presentación de Facatativá, a $ 50.00 cada una 100.00 1.000.00 3 becas en el Colegio de La Asunción, de Granada, a $ 50.00 cada una 150.00 1.500.00 3 becas en el Colegio de María Inmaculada (HH. VV) de. Bogotá, a $ 25.00 cada una 75.00 750.00 1 beca en el Colegio Femenino Flórez Tovar de Bogotá 25.00 250.00 1 beca en el Colegio de La Presentación dé Pamplona 50.00 500.00 2 becas en el Colegio Femenino de las Señoritas Girardot Sáenz, de Bogotá, a $ 60.00 cada una 120.00 1.200.00 1 beca en el Colegio Nazaret, de Bosa 50.00 500.00 1 beca en el Colegio Salesiano de León XIII, de Bogotá 45.00 450.00 1 beca en el Colegio del Carmelo, de Bogotá 60.00 600.00 5 becas en la Normal de la Presentación de Santa Rosa de Cabal, a $ 50.00 cada una 250.00 2.500.00 Enero a julio y octubre a diciembre. 2 becas en el Colegio de La Sagrada Familia de Cali a $ 50.00 cada una 100.00 1.000.00 Total 20.150.00
Decreto 1724 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1724 de 1955 · Por el cual se suprimen unas becas y se crean otras en distintos establecimientos de educación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.