Micelio

Artículo 10

Decreto 1159 de 1999 · por el cual se fusiona el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, INCOMEX, con el Ministerio de Comercio Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Planeación Sectorial. Son funciones de la Oficina de Planeación Sectorial, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en la definición de las políticas sectoriales que incidan en los objetivos y funciones generales de la institución.

2.

Fomentar la elaboración de estudios e investigaciones que permitan mejorar la formulación y orientación de los programas sectoriales.

3.

Preparar el plan de acción de las entidades en coordinación con las diferentes áreas de la institución y evaluar los resultados tanto del plan misional como estratégico y proponer a la Dirección los ajustes necesarios.

4.

Coordinar planes y programas de la entidad con los otros organismos del sector.

5.

Asesorar a las dependencias de la entidad en la ejecución de planes y programas institucionales e igualmente en los procesos de planeación y programación.

6.

Adelantar los estudios técnicos de mercadeo, costo-beneficio, costo-efectividad, factibilidad, análisis de tendencias y los demás que sean necesarios para el diseño de las políticas y de los proyectos de contratación de la entidad.

7.

Formular programas de cooperación técnica nacional e internacional que la entidad requiera para el desarrollo de su misión y encargarse de su coordinación y trámite ante la Agencia Colombiana de Cooperación Técnica.

8.

Preparar, en colaboración con otros organismos públicos, en especial con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, y cuando fuere el caso, con técnicos y representantes del sector privado, los planes y programas de la entidad y de acuerdo con las instrucciones del Ministro, elaborar el proyecto de presupuesto que en cada vigencia fiscal se requiera para su ejecución.

9.

Someter los planes del sector, una vez aprobados por el Ministro a los organismos competentes para que estos los estudien, y sean incorporados al Plan Nacional de Desarrollo y al Presupuesto General de la Nación.

10.

Administrar y coordinar el sistema estadístico de la institución y coordinar la información estadística de las entidades del sistema de comercio exterior a efectos de evitar duplicidades e incoherencias en la información.

11.

Elaborar en coordinación con las Direcciones del Ministerio el capítulo correspondiente al sector de comercio exterior en el Plan de Desarrollo.

12.

Implementar la Planeación Estratégica o cualquier otro instrumento de apoyo para la gerencia de los proyectos del Ministerio.

13.

Las demás inherentes a la naturaleza de su dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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