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Artículo 2

Durante La Vigencia Fiscal De 1947, El Nuevo Ministerio De Higiene Atenderá Al Pago De Los Servicios Y Compromisos Que Son De Su Competencia, Afectando Los Siguientes Artículos De La Actual Ley De Apropiaciones: Capitulo 45, Artículos 477 A 500 Inclusive $ 5

Decreto 678 de 1947 · Por el cual se determinan las apropiaciones para cubrir durante la presente vigencia fiscal los servicios y compromisos de los Ministerios de Trabajo y de Higiene

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º Durante la vigencia fiscal de 1947, el nuevo Ministerio de Higiene atenderá al pago de los servicios y compromisos que son de su competencia, afectando los siguientes artículos de la actual Ley de Apropiaciones: Capitulo 45, artículos 477 a 500 inclusive $ 5.659.360.00 Capitulo 40, artículos 501 a 550 inclusive 1.365.120.00 Capitulo 17, artículos 557 a 016 inclusive 3.334.360.00 Capítulo 18, artículos 017 a 734 inclusive 3.301.793.92 Capítulo 49, artículos 735 a 754 inclusive 3.834.260.00 Sumas $17.494.893.92

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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