º Las decisiones urgentes que deban adoptarse en un juzgado cuyo titular esté gozando de descanso compensatorio, serán tomadas por ese mismo funcionario. Las diligencias urgentes que deban realizarse en un juzgado cuyo titular esté gozando de descanso compensatorio, serán practicados por el juez que est' de turno de permanencia o de disponibilidad inmediata.
Decreto 1229 de 1985 →Vigente
Artículo 7
º Las Decisiones Urgentes Que Deban Adoptarse En Un Juzgado Cuyo Titular Esté Gozando De Descanso Compensatorio, Serán Tomadas Por Ese Mismo Funcionario
Decreto 1229 de 1985 · Por el cual se reglamenta el artículo 3º de La Ley 55 de 1984.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.