El sistema de ordenación de gastos tendrá como base el acuerdo de ordenación de gastos aprobado por la Junta o Consejo Directivo con indicación de las sumas que puedan girarse para el pago de las obligaciones creadas por la entidad.
El acuerdo de ordenación de gastos será aprobado mensualmente con sujeción a los siguientes requisitos y procedimientos:
La entidad preparará un programa de las sumas que pueden girarse con cargo al presupuesto durante el mes de que se trate para el pago de las obligaciones de funcionamiento e inversión.
El respectivo Gerente o Director revisará el programa y lo pasará a consideración de la Junta o consejo Directivo.
Copia del acuerdo de ordenación de gastos debidamente aprobado será remitido a la Dirección General del Presupuesto, en los 10 primeros días de cada mes.