Micelio

Artículo 4

º

Decreto 533 de 1975 · Por el cual se interviene en la actividad del banco central hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las tasas de interés, plazos y demás condiciones de los préstamos descontables que otorguen los bancos y las corporaciones financieras con destino al fomento del desarrollo urbano a que se refiere el presente Decreto, serán las que determine la Junta Monetaria, de conformidad con las normas legales vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 533 de 1975