° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capitulo 85 Del artículo 1434. Para dotación y organización en general de Escuelas Industriales, Complementarias y de Artes y Oficios, en el país $ 10.000.00 Capitulo 85 Al artículo 1403. Para sueldos del personal de esta Escuela (industrial, de Bogotá) $ $ 10.000.00
Decreto 1567 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 85 Del Artículo 1434
Decreto 1567 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.