º De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 057, artículo 0626 para calamidades públicas, destínase la suma de seiscientos sesenta mil pesos ($ 660.000.00) moneda corriente distribuidos así: DEPARTAMENTO DE BOYACA 2 - Para entregar al señor cura Párroco de Belén, con destino a la reconstrucción del Templo Parroquial 30.000.00 3 - Para entregar a la Junta pro-Damnificados del Municipio de Guacamayas 300.000.00 4 - Para entregar a la Junta pro-damnificados del Municipio de Paz de Río 200.000.00 5 - Para entregar al señor cura Párroco de Santa Rosa de Viterbo, con destino a la reconstrucción de la Casa Parroquial 80.000.00 6 - Para entregar al Tesorero Municipal de Soatá, con destino a la reconstrucción del Palacio Municipal 50.000.00 Total 660.000.00
Decreto 1027 de 1968 →Vigente
Artículo 1
De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 057, Artículo 0626 Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Seiscientos Sesenta Mil Pesos ($ 660
Decreto 1027 de 1968 · Por el cual se destinan unas partidas presupuestales para atender a calamidades públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.