Micelio

Artículo 1

De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 057, Artículo 0626 Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Seiscientos Sesenta Mil Pesos ($ 660

Decreto 1027 de 1968 · Por el cual se destinan unas partidas presupuestales para atender a calamidades públicas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 057, artículo 0626 para calamidades públicas, destínase la suma de seiscientos sesenta mil pesos ($ 660.000.00) moneda corriente distribuidos así: DEPARTAMENTO DE BOYACA 2 - Para entregar al señor cura Párroco de Belén, con destino a la reconstrucción del Templo Parroquial 30.000.00 3 - Para entregar a la Junta pro-Damnificados del Municipio de Guacamayas 300.000.00 4 - Para entregar a la Junta pro-damnificados del Municipio de Paz de Río 200.000.00 5 - Para entregar al señor cura Párroco de Santa Rosa de Viterbo, con destino a la reconstrucción de la Casa Parroquial 80.000.00 6 - Para entregar al Tesorero Municipal de Soatá, con destino a la reconstrucción del Palacio Municipal 50.000.00 Total 660.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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