Fusión y Liquidación de Grupos. Si por cualquier razón el número de Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 suscriptores que se encuentren afiliados a un grupo se reduce al punto en que el valor recaudado en un grupo no permita la adquisición del bien o servicio a adjudicarse, las SAPAC podrán fusionarlo con otro grupo, cuando no sean incompatibles entre sí, de acuerdo con lo previsto en la
nota técnica respectiva. De esta situación deberá informar oportunamente al suscriptor. Si es imposible la fusión, se procederá a la liquidación del grupo respectivo. A quienes Circular externa aún no hubieren recibido el bien o servicio, les será reintegrado lo pagado. Las SAPAC podrán reemplazar suscriptores con tres o más cuotas en mora o suscriptores retirados por suscriptores al día en el pago. De la misma forma, las SAPAC podrán ocupar números de participación en blanco, por suscriptores al día en el pago. En todo caso, los suscriptores que entren a formar parte de un grupo previamente constituido deberán: