Perfiles de usuarios del Secop. Los usuarios del Secop deberán contar con las competencias e infraestructura tecnológica suficiente para hacer uso del Sistema de acuerdo con el rol que desempeñe en el mismo, conforme lo establecido en los Términos y Condiciones de Uso y en los manuales de Usuario del Sistema. Los roles a que se refiere el inciso anterior se determinarán a partir de los distintos perfiles de usuarios y comprenderán materias relacionadas con el uso del sistema, aplicación de la normativa, mecanismos de aseguramiento jurídico y técnicos requeridos, atención de incidentes de seguridad, entre otros. Las entidades verificarán que cada uno de los usuarios designados para interactuar con el Secop, estén en capacidad de operar el Sistema, para lo cual apoyarán las jornadas de capacitación que se establezcan, de acuerdo con los cronogramas señalados por la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente. Para el ejercicio de los perfiles funcionales en el Secop, los usuarios deberán observar las reglas que para tal efecto establezcan los Términos y Condiciones de Uso del sistema, de acuerdo con sus competencias.
Decreto 734 de 2012 →Vigente
Artículo 7.4.1
Perfiles De Usuarios Del Secop
Decreto 734 de 2012 · por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.