Micelio

Artículo 2

En Lugar Del Impuesto Creado En El Artículo 4º

Ley 30 de 1982 · “por la cual se modifica la Ley 64 de 1967”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

de la Ley 64 de 1967 , establécese un impuesto con destino al Fondo Vial Nacional, equivalente a trece pesos con cincuenta centavos ($ 13.50) por galón vendido de:

a)

gasolina motor regular,

b)

gasolina motor extra, y

c)

ACPM.

Se exceptúan las gasolinas de aviación y el Diesel Marino.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 30 de 1982