Micelio

Artículo 83

Rehabilitación

Decreto 4635 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes acomunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Rehabilitación . El Estado establecerá mecanismos permanentes para hacer seguimiento a cada caso concreto de rehabilitación física, psicosocial, social y de acompañamiento jurídico, con el fin de restablecer la autonomía de las víctimas afectadas para desempeñarse en el entorno familiar, cultural, productivo y social y ejercer sus derechos constitucionales.

Parágrafo 1

Las medidas de rehabilitación promoverán el fortalecimiento de las autoridades, organizaciones, profesionales y expertos negros, afrocolombianos, palenqueros y raizales, para la prestación de los servicios que se requieran.

Parágrafo 2

Deberán establecerse medidas de acción afirmativa para que las comunidades puedan acceder real y efectivamente a la prestación de servicios de rehabilitación, especialmente cuando se encuentren en situación de confinamiento, resistencia y desplazamiento forzado.

Parágrafo 3

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, establecerá un protocolo que garantice la puesta en marcha de modelos de rehabilitación que conduzcan a la acción de los sistemas de salud tradicional en articulación con agentes y entidades prestadoras de salud.

Parágrafo 4

Para la implementación de los programas de rehabilitación se deberá disponer de intérpretes y traductores de las lenguas nativas de las víctimas de que trata el presente decreto. En desarrollo del artículo 21 de la Ley 1381 de 2010, el Ministerio de Cultura en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional, colaborarán para realizar programas de formación de intérpretes y traductores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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