Micelio

Artículo 1

Decreto 4400 de 2008 · por el cual se corrige un yerro en el artículo 3° de la Ley 1230 del 16 de julio de 2008.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Corríjase el yerro contenido en el artículo 3º de la Ley 1230 del 16 de julio de 2008, el cual quedará así: " Artículo 3º. El valor correspondiente al recaudo por concepto de lo establecido en el artículo 1º de la presente ley, se distribuirá y destinará así: El treinta por ciento (30%) para inversión en el mantenimiento, ampliación y modernización de su planta física, futuras ampliaciones y construcciones; el treinta por ciento (30%) para el desarrollo y modernización de la infraestructura tecnológica de la solución de tecnologías de información, Plataforma Virtual, Comunicaciones, Digitalización y Educación Virtual; el veinte por ciento (20%) en la Investigación Científica; el cinco por ciento (5%) modernización y dotación de los laboratorios; el cinco por ciento (5%) modernización y dotación de las Bibliotecas y para el Fondo Editorial; el cinco por ciento (5%) en la modernización de un centro de archivo y documental; el cinco por ciento (5%) para un programa especial de becas académicas y estudiantiles".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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