Micelio

Artículo 2

Ley 1541 de 2012 · por medio de la cual la Nación se asocia al Centenario de Municipalización de Florencia, capital del departamento del Caquetá, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno Nacional para que en cumplimiento y de conformidad con el artículo 150 numerales 3 y 9, artículo 288, artículo 200 numeral 3, artículo 341 y artículo 366 de la Constitución Política, incluya en el Presupuesto General de la Nación las partidas presupuestales para la realización de las siguientes obras de Interés Social, Cultural y Desarrollo Sostenible, en el municipio de Florencia:

Implementación del Plan Integral de Desarrollo Urbano y Vivienda PIDU de Florencia.

Ejecución del Plan Maestro de Movilidad de Florencia.

Ejecución del Macroproyecto de Electrificación Rural de Florencia.

Construcción Malecones Ecoturísticos.

Construcción de la segunda etapa de la Villa Nacional Deportiva y Ambiental Amazónica.

Construcción de una megabiblioteca municipal.

Construcción y dotación de puestos de salud.

Construcción del Centro Regional del Discapacitado.

Reparación del estadio Alberto Buitrago Hoyos y del Coliseo Cubierto Juan Viessi.

Restauración del edificio Curiplaya y terminación de la Concha Acústica Curiplaya.

Construcción de la Central de Abastos de Florencia y Restauración de la Plaza de mercado Galería Central La Concordia.

Construcción Sede Centenario honorable Concejo Municipal de Florencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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