Micelio

Artículo 5

Decreto 557 de 1957 · Que reglamenta el registro de pesticidas destinados al servicio de la agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto . La obtención del registro impone a los beneficiarios la obligación de ceñirse estrictamente a los términos y condiciones señaladas en los documentos presentados y aprobados para obtenerlo i así aceptarse expresamente en el acto de obtener su registro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 557 de 1957