La Junta Directiva, para sesionar válidamente, requiere la asistencia de quien legamente debe presidirla y de la mayoría absoluta de sus miembros, y sus decisiones se tomarán por mayoría absoluta entre los miembros asistentes.
Parágrafo
La Junta Directiva podrá establecer dentro de su seno, comisiones para desarrollar trabajos o estudios especiales y podrá, autorizarlas para tomar la decisión final.