Micelio

Artículo 9

De Las Condiciones Para Ser Candidato

Decreto 1026 de 1983 · Por el cual se reglamenta la elección de los representantes de los funcionarios de Seguridad Social en las Comisiones de Personal del Instituto de Seguros Sociales y se dictan medidas sobre su funcionamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De las condiciones para ser candidato . Los funcionarios que se inscriban como candidatos para la elec ción de representantes ante las comisiones de personal deberán llenar los siguientes requisitos, los que acreditarán ante los Funcionarios encargados de la inscripción

a)

Haber estado vinculado al Instituto de Seguros Sociales como funcionario de Seguridad Social en forma continua durante des (2) años calendario anteriores a la fecha de la elección.

b)

No haber sido sancionado con ninguna de las medidas disciplinarias previstas en el artículo 63 del Decretó 1651 de 1977, previa confrontación de su hoja de vida.

c)

No estar desempeñando en propiedad, por encargo o en comisión, cargo directivo o asesor en el Instituto de Seguros Sociales.

d)

Manifestar por escrito, dentro de los tres (3) días siguientes a su inscripción ante el funcionario que la efectuó, su aceptación.

e)

Tener aprobado como mínimo el cuarto (4º) curso de enseñanza media, cuando el candidato sea inscrito como representante de los grupos funcionarios no profesionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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