º TRANSPORTE DE VALORES. Es el servicio que prestan las empresas de vigilancia privada, para transportar y dar seguridad a dineros o valores en su traslado de un lugar a otro, en vehículos de características especiales, dentro de los términos y condiciones fijados en el contrato con los usuarios y reglamentación vigente para las empresas. TITULO II. PROCEDIMIENTOS GENERALES.
Decreto 1444 de 1991 →Vigente
Artículo 9
º Transporte De Valores
Decreto 1444 de 1991 · por el cual se expide el Manual de Servicios de Vigilancia Privada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.